El pasado día 16 de mayo salió en el BOA el anuncio de exposición pública el proyecto de Decreto del Gobierno de Aragón de Árboles y Arboledas singulares.
Hasta el momento había que irse a la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón (BOA nº 149, 30 diciembre 2006) en el que se definía Árbol Singular y reflejaba que “por Decreto del Gobierno de Aragón, se creará el Catálogo de Árboles Singulares como registro público de carácter administrativo, y que reglamentariamente se establecerá su régimen de protección y de acceso público”.
Más recientemente, en el Decreto 34/2009, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, (BOA nº 46, 9 marzo 2009) se creaba precisamente el Catálogo de Árboles Singulares de Aragón.
Este Catálogo es un registro administrativo de carácter público dependiente de la Dirección General de Conservación del Medio Natural. En este decreto se determinaba su estructura, se definía la figura de Árbol Singular y se fijaba el procedimiento para su declaración. Además establece que cuando esté debidamente justificado se podrán considerar determinados Árboles Singlares como Monumentos Naturales.
Se daba a conocer la creación del Banco de Datos de Árboles Singulares, fijando su régimen de protección, de acceso público y ayudas, así como el régimen sancionador.
El Catálogo se estructura en dos puntos principales:
Sección I: Árboles o arboledas singulares.
Sección II: Árboles o arboledas singulares catalogados que han sido declarados Monumento Natural
El Catálogo de árboles singulares de Aragón era un paso para intentar dar a conocer los ejemplares más valiosos, las “joyas de la corona”. Desde la perspectiva de la conservación tampoco implicaba un plan de seguimiento de los mismos, y sobre todo un aspecto a tener muy en cuenta es que implicaba la protección de un sólo árbol, no existía la posibilidad de incluir un conjunto de árboles o arboledas.
Durante el año 2012 se realizó una profunda revisión de todos los inventarios de árboles singulares de ámbito aragonés, actualizando los datos. Como resultado se creó el Inventario de Árboles y Arboledas Singulares de Aragón.
Con el nuevo Decreto en estudio se da un paso más en la valoración y protección de estos árboles, además se introduce de lleno el valor cultural y se aborda el tema de la gestión no sólo del Catálogo en sí, sino de la creación de un régimen jurídico de protección que establece las acciones que se pueden hacer y las que no, dejando además abierta la posibilidad de crear planes específicos de protección, algo que no se había abordado hasta ahora.
Uno de los grandes cambios, muy importante desde el punto de los árboles monumentales que nos rodean es que habla de árboles y arboledas singulares. Es decir, deja abierta la posibilidad de incluir no sólo árboles individuales, sino también conjuntos de árboles. Esto se ya planteó en la revisión realizada en 2012 pero ahora queda mucho más desarrollada.
Además de entrar en el Catálogo, estos grandes árboles entrarían a formar parte directamente de los espacios protegidos de Aragón.
Dentro de este Decreto se introducen nuevas ideas innovadoras en cuanto a la posibilidad de establecer proyectos de Custodia. Precisamente el viernes día 30 se presentó en Zaragoza la Red Aragonesa de Custodia del Territorio, de la que os hablaremos otro día, y se comentó precisamente este punto, la inclusión de los proyectos de Custodia en este Decreto.
El plazo para presentación de alegaciones finaliza el próximo día 16 de junio, este próximo lunes. Desde Natura xilocae os animamos a estudiar la inclusión de vuestros enclaves ribereños con árboles trasmochos, ya sean chopos, sauces, fresnos… esos que forman parte de la cultura y del paisaje de vuestro pueblo y que dada su monumentalidad merecen reconocimiento y protección.
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